Congreso de la República de Colombia (1994): La ley exige observación experimental en secundaria
Referencia (APA 7): Congreso de la República de Colombia. (1994, 8 de febrero). Ley 115 de 1994, por la cual se expide la ley general de educación. Diario Oficial No. 41.214. https://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-85906_archivo_pdf.pdf
Capítulo: Cap. 2 – Marco teórico · Subcategorías: 2.4 Marco normativo y de evaluación nacional · Mapa: MOC - Mapa de contenidos
Resumen
La Ley 115 de 1994, Ley General de Educación, regula el servicio público educativo en Colombia: fines de la educación, niveles (preescolar, básica y media), áreas obligatorias, modalidades de atención a poblaciones (entre ellas la educación campesina y rural), currículo y plan de estudios, Proyecto Educativo Institucional, evaluación y educadores. El PDF es la versión de 50 páginas que publica el Ministerio, sin numeración impresa; se cita por artículo y por página del PDF. No incluye el número del Diario Oficial, que se toma del lote.
Para la tesis cuentan pocos artículos, pero son los que fundan todo el marco normativo. El artículo 5 fija como fines el desarrollo de la capacidad crítica y analítica para el avance científico y la capacidad de investigar y adoptar tecnología (p. 2 del PDF). El artículo 22, literal d, pone como objetivo de la secundaria el conocimiento de los fenómenos físicos “mediante la comprensión de las leyes, el planteamiento de problemas y la observación experimental” (p. 7 del PDF). El artículo 23 hace de ciencias naturales y educación ambiental un área obligatoria (p. 8 del PDF), el 30 pide incorporar la investigación de laboratorio en la media académica (p. 9 del PDF), los artículos 64 a 67 crean la educación campesina y rural (p. 15 del PDF) y el 77 da autonomía a las instituciones para adoptar métodos de enseñanza (p. 17 del PDF).
La ley ha sido modificada varias veces desde 1994 y este PDF reproduce el texto original. Antes de citar un artículo en la tesis conviene verificar su redacción vigente en la Secretaría del Senado o en el Sistema Único de Información Normativa. La ley dice qué fines y objetivos perseguir, no cómo enseñarlos.
Citas por color
Las citas son textuales del PDF (Zotero/PDF nucleo/Congreso_1994.pdf). El PDF aún no está subrayado en Zotero; estas citas guían ese subrayado.
Definiciones (azul)
Definición (art. 1, p. 1 del PDF)
“La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes.” (p. 1 del PDF)
Mi nota: Definición legal de educación. Útil para abrir el marco normativo.
Definición (art. 23, p. 8 del PDF)
“Para el logro de los objetivos de la educación básica se establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación que necesariamente se tendrán que ofrecer de acuerdo con el currículo y el Proyecto Educativo Institucional.” (p. 8 del PDF)
Mi nota: La primera de las nueve áreas obligatorias es “Ciencias naturales y educación ambiental”; la Física de secundaria vive dentro de ella.
Ideas principales (amarillo)
Idea principal (art. 4, p. 1 del PDF)
“El Estado deberá atender en forma permanente los factores que favorecen la calidad y el mejoramiento de la educación; especialmente velará por la cualificación y formación de los educadores, la promoción docente, los recursos y métodos educativos, la innovación e investigación educativa, la orientación educativa y profesional, la inspección y evaluación del proceso educativo.” (p. 1 del PDF)
Mi nota: La innovación e investigación educativa y los recursos y métodos son factores de calidad por ley. La tesis trabaja sobre los tres.
Idea principal (art. 5, p. 2 del PDF)
“El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.” (p. 2 del PDF)
Mi nota: Numeral 9 de los fines. Conecta el pensamiento científico escolar con la solución de problemas del entorno.
Idea principal (art. 5, p. 2 del PDF)
“La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo.” (p. 2 del PDF)
Mi nota: Numeral 13. Da base legal a la apropiación de tecnología en el aula, que la tesis interpreta como uso pedagógico del simulador.
Idea principal (art. 65, p. 15 del PDF)
“Las secretarías de educación de las entidades territoriales, o los organismos que hagan sus veces, en coordinación con las secretarías de Agricultura de las mismas, orientarán el establecimiento de Proyectos Institucionales de Educación Campesina y Rural, ajustados a las particularidades regionales y locales.” (p. 15 del PDF)
Mi nota: La ley pide ajustar la educación rural a lo local. Conviene revisar si las instituciones de Lorica tienen un proyecto de este tipo y si deja espacio a las ciencias.
Tensiones y vacíos (rojo)
Tensión o vacío (art. 64, p. 15 del PDF)
“Este servicio comprenderá especialmente la formación técnica en actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales que contribuyan a mejorar las condiciones humanas, de trabajo y la calidad de vida de los campesinos y a incrementar la producción de alimentos en el país.” (p. 15 del PDF)
Mi nota: La ley piensa la educación rural en clave técnica y productiva, no científica. La tesis puede discutir esa visión: la competencia experimental también es un derecho de los estudiantes rurales.
Citas para usar (naranja)
Cita para usar (art. 22, lit. d, p. 7 del PDF)
“El avance en el conocimiento científico de los fenómenos físicos, químicos y biológicos, mediante la comprensión de las leyes, el planteamiento de problemas y la observación experimental” (p. 7 del PDF)
Mi nota: El fundamento legal más directo de la tesis: la observación experimental es un objetivo de la secundaria. Cuando no hay laboratorio, el simulador es una vía para cumplirlo.
Cita para usar (art. 22, lit. f, p. 7 del PDF)
“La comprensión de la dimensión práctica de los conocimientos teóricos, así como la dimensión teórica del conocimiento práctico y la capacidad para utilizarla en la solución de problemas” (p. 7 del PDF)
Mi nota: Une teoría y práctica en un solo objetivo. Sirve para defender que el trabajo con simuladores no es “práctica” separada del concepto físico.
Cita para usar (art. 20, lit. e, p. 6 del PDF)
“Fomentar el interés y el desarrollo de actitudes hacia la práctica investigativa” (p. 6 del PDF)
Mi nota: Objetivo general de toda la educación básica. Complementa el artículo 22 si la muestra es de 9.°.
Cita para usar (art. 30, lit. c, p. 9 del PDF)
“La incorporación de la investigación al proceso cognoscitivo, tanto de laboratorio como de la realidad nacional, en sus aspectos natural, económico, político y social” (p. 9 del PDF)
Mi nota: Objetivo de la media académica. Es el artículo que aplica si los grupos de Lorica son de 10.°.
Cita para usar (art. 77, p. 17 del PDF)
“Dentro de los límites fijados por la presente ley y el proyecto educativo institucional, las instituciones de educación formal gozan de autonomía para organizar las áreas fundamentales de conocimientos definidas para cada nivel, introducir asignaturas optativas dentro de las áreas establecidas en la ley, adaptar algunas áreas a las necesidades y características regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades formativas, culturales y deportivas, dentro de los lineamientos que establezca el Ministerio de Educación Nacional.” (p. 17 del PDF)
Mi nota: La autonomía escolar ampara que una institución adopte una secuencia didáctica con simuladores sin pedir permiso especial.
Conexión con la tesis
La Ley 115 es la base de todo el marco normativo: el artículo 22, literal d, convierte la observación experimental y el planteamiento de problemas en objetivo legal de la secundaria, y la tesis puede presentarse como una forma de cumplirlo en instituciones rurales que no tienen laboratorio. El artículo 77 respalda que el docente adopte métodos propios, como una secuencia con simuladores diseñados por él, y el artículo 4 reconoce la innovación e investigación educativa como factor de calidad, que es lo que produce una DBR. Los artículos 64 a 67 muestran una tensión útil para la discusión: la ley imagina una educación rural técnica y agropecuaria, mientras la tesis defiende que los estudiantes de Lorica también tienen derecho a aprender a indagar. Según el grado que se elija, el objetivo aplicable es el del artículo 22 (secundaria) o el del artículo 30 (media académica).
Conectado a
- MEN (1998): los Lineamientos se expidieron en cumplimiento del artículo 78 de esta ley y desarrollan su objetivo de observación experimental.
- MEN (2006): los Estándares concretan por grados los objetivos de los artículos 22 y 30.
- MEN (2020): el Plan Especial de Educación Rural actualiza la educación campesina y rural de los artículos 64 a 67.
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Mi reflexión
Preguntas orientadoras
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- El artículo 22 pide “la observación experimental” en secundaria. ¿Cómo se cumple hoy ese objetivo en tus instituciones de Lorica, y qué cambia si la observación se hace en un simulador y no en un laboratorio?
- La ley piensa la educación rural en clave agropecuaria. ¿Cómo argumentarías ante el jurado que las competencias experimentales en Física también son pertinentes para estudiantes rurales?
- Según el grado de la muestra aplica el artículo 22 o el 30. ¿Qué diferencia de propósito ves entre ambos y cómo afecta lo que esperas que logren tus estudiantes con los simuladores?
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