D9 · Propiedad intelectual de la plataforma
Afecta a: Producto · Cap. III (ética) · acuerdos
Qué hay que decidir
Quieres que la plataforma sea un producto que puedas vender. Hay dos riesgos: que la UTE la reclame por haberse hecho en el doctorado, y que la Secretaría de Educación la reclame si se entiende como parte de tu cargo de docente (artículo 20 de la Ley 23 de 1982, modificado por la Ley 1450 de 2011, artículo 28).
Opciones
| Opción | Cómo quedaría | A favor | En contra |
|---|---|---|---|
| A · Separar la tesis del producto | La tesis publica el diseño, los principios, los resultados y capturas de pantalla; el código fuente y la marca no. El colegio recibe una licencia de uso gratuita y no exclusiva | Protege el producto sin esconder la investigación | Hay que redactar la licencia |
| B · Versión colegio y versión propia | Una versión básica para el colegio y otra, con más funciones, que es tuya | Separa con claridad lo que es del colegio | Mantener dos versiones |
Lo que sugiere tu asesor
La A, y además: envía a la UTE el correo que te preparé (carpeta «Propiedad intelectual») y pide a un abogado que revise el acuerdo de titularidad. No firmes una cesión de derechos sin revisarla.
Es una sugerencia. La decisión es tuya y debe poder explicarse con tus palabras.
Tu decisión
Graba o escribe en el cuadro de abajo qué opción eliges y por qué, como si se lo explicaras al jurado. Si ninguna te convence, propón otra. Tu asesor la recibe al instante y, cuando la procesen juntos, queda registrada aquí y se actualizan tu Hilo dorado, tu Ruta metodológica y el capítulo que afecta.
Estado: abierta ❓